En este post os contamos los pasos para la expedición del Pasaporte o Libreta Marítima para poder trabajar a bordo de una embarcación.
Para poder obtener la libreta o pasaporte necesitaréis estar en posesión del certificado de Formación Básica en Seguridad, y para eso deberéis de hacer el curso de 10 días
Una vez acabéis el curso de Formación Básica en Seguridad Marítima debéis de esperar entre 2 y 5 días hábiles para poder tramitar tanto el certificado del curso en Capitanía Marítima como la expedición del Pasaporte o Libreta Marítima.
Antes de ir a Capitanía Marítima, os aconsejamos preparar toda la documentación necesaria para la expedición del Pasaporte Marítimo. Según lo establecido en la orden FOM 296/2002 de 4.09.2002 (BOE núm. 226) el interesado deberá presentar en Capitanía Marítima, la siguiente documentación para la expedición del Pasaporte o Libreta Marítima:
- Una solicitud normalizada, cumplimentada y firmada por el interesado, o quien le represente.
- Una fotografía tamaño pasaporte, con nombre y apellidos escritos a lápiz en el dorso, en las que el interesado estará con la cabeza descubierta y sin gafas oscuras.
- Documento Nacional de Identidad:
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o
- Fotocopia del Pasaporte Español en vigor o
- Certificación de la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o
- Consentimiento expreso para que sus datos de identidad puedan ser consultados por la Dirección General de la Marina Mercante en virtud de lo dispuesto en el RD 522/2008 de 28 de abril.
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o
- Papel de pagos al Estado o, preferiblemente, mediante ingreso en la cuenta corriente número 0182-2370-48-0201518791 de la entidad BBVA, por un valor total de 1,82 €.
- Fotocopia compulsada de una tarjeta profesional marítima o de un certificado de seguridad o especialidad marítima. Será admisible además fotocopia compulsada del resguardo de solicitud de una tarjeta profesional o de un certificado de seguridad o especialidad marítima.
NOTA: Si alguno de vosotros es extranjero, no podrá expedir el pasaporte o libreta marítima en España, tendrá que hacerlo en su país. Pero no os preocupéis, en capitanía podéis pedir hojas de embarque y desembarque, que será un documento provisional donde os sellaran el embarque y desembarque que vayáis haciendo, hasta la obtención del Pasaporte en vuestro País.
Espero que este post os haya servido de ayuda, os iremos contando como realizar más tramites en Capitanía Marítima en nuestro blog.