El título náutico más conocido como “Titulín”, se denomina desde 2015 Licencia de Navegación.
La Licencia de Navegación consiste en un curso teórico de 2 horas y 4 horas de prácticas a bordo de una embarcación homologada por una escuela náutica.
El alumno tendrá que obtener un Certificado Médico en un Centro Médico Reconocido, son los mismos donde expiden los del carnet de conducir. En Yacht Point tenemos convenios con centros médicos con descuentos especiales para nuestros alumnos. Este Certificado tendrá validez de dos uñas una vez presentado en la Administración, es decir, será también válido para la obtención de la siguiente titulación durante este periodo, ya sea el Patrón de Navegación Básica o el PER.
Una vez superadas estas 6 horas y aportando el Certificado Médico, la escuela expide la Licencia de Navegación y el alumno está habilitado a patronear hasta 6 metros de eslora y hasta 2 millas de la costa. El cambio lo encontramos en el manejo de las motos náuticas. Hasta ahora estaba permitido las de Categoría C.
El Real Decreto 238/2019 de 5 de abril de 2019 introduce un cambio en las atribuciones de la Licencia de Navegación. Lo encontramos en su artículo primero apartado dos:
Se podrán gobernar las motos náuticas, sin límite de potencia, mediante la obtención de la Licencia de Navegación.
En resumen, hasta ahora quien quería alquilar o comprar una moto náutica de cierta potencia, tenía que sacarse el Patrón de Navegación Básica con su examen teórico y sus 8 horas de prácticas de navegación y 4 horas de prácticas de radiocomunicaciones. Ahora los requisitos se reducen a un total de 6 horas de teoría y prácticas sin ningún tipo de examen.
Se reduce el tiempo de formación y el precio de la titulación, una mala noticia por lo primero y buena por lo segundo…