CURSO DE PATRÓN PORTUARIO
Con el título de Patrón Portuario se podrá ejercer como Patrón en buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones siempre que no se alejen más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y que, en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros.
Se podrá ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo permitan las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 375 KW en un solo motor o el doble de la citada potencia en dos o más motores.
¿Para qué sirve el curso?
Sirve para la obtención de un Título profesional marítimo otorgado por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) y refrendado por la Organización Marítima Internacional (OMI) perteneciente a Naciones Unidas.
La titulación profesional de Patrón Portuario se basa en un sistema de enseñanza común a la mayoría de países, llamado Código o Convenio de Formación, establecido en una asamblea y denominado STCW 95.
El título de Patrón Portuario nos habilita a gobernar cualquier tipo de embarcación profesional dentro de las atribuciones correspondientes.
¿Qué hacer al terminar el curso?
Realizar un período de embarque no inferior a 12 meses*, debiendo acreditar al menos seis meses en el servicio de puente y seis meses en el servicio de máquinas, en barcos de cualquier lista incluidas las de lista 6ª o 7ª con contrato de marinero, y estando dados de alta en la Seguridad Social.
*Importante: dichos días de mar deben ser en Buques civiles españoles de arqueo bruto superior a 5 GT/T.R.B y potencia superior a 100 KW.
Así mismo para ejercer como patrón profesional es obligatorio obtener el certificado de Formación Básica Marítima en Seguridad y solicitar la Libreta Marítima.
Formación Básica Marítima en Seguridad
Formación Básica Marítima en Seguridad
SALIDAS PROFESIONALES
- En la práctica podemos trabajar en barcos que no se alejen más de 3 millas de un puerto o refugio.
- Ser patrón de lanchas, semirrígidas y demás embarcaciones de playa, como esquí náutico, paracaídas, motos acuáticas, etc …
- Ejercer de patrón para un centro de buceo, trasladando a los alumnos al lugar de la inmersión.
Además, en otras empresas e instituciones:
- Astilleros de barcos de recreo.
- Varaderos de reparación de embarcaciones.
- Clubs Náuticos y Marinas.
- Parques Nacionales y Parques Naturales.
- Remolcadores de puerto o dársena.
- Dragas.
- Barco de la Policía Municipal en puertos y playas.
- Cruz roja del mar en playas. Asimismo, en el sector pesquero nos ofrece la posibilidad de ejercer como Patrón de un barco de pesca no superior a 12 metros y sin alejarse más de 3 millas de un refugio.
El programa se ajusta a la normativa oficial (BOE-A-2012-3857) del 19 de marzo de 2012, en cumplimiento con el Código de Formación del Convenio STCW-2010, cuyo contenido figura en el anexo I, desarrolla las normas de competencia de la Sección A-II/3 del Código de Formación, enmendado.
CURSO DE PATRÓN PORTUARIO
- 110 horas de Teoría
- 40 horas de Prácticas